El salario que se puede embargar son unos porcentajes a partir del salario mínimo interprofesional (SMI). Para este año 2018 es de 735,90 euros. Así, el artículo El art.607 Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) establece: ” 1. Es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que… Seguir leyendo →