Hasta los 2.500 euros no se tributa, el exceso sí. ¿Cómo tributa?
Residentes españoles: Si percibes una lotería española, autorizada y tu eres residente en territorio español y tributas por IRPF, en el momento de percibir el premio te retienen el 20% y esa es toda la tributación. No tienes que declararlo en ningún otro sitio a efectos del impuesto sobre la renta. La tributación es la retención en el cobro y acaba con el pago del impuesto sobre la renta.
No residentes en España. Si es extranjero pero ha adquirido un boleto de la lotería nacional y le ha tocado. En el momento de ir a cobrar el boleto, también tributará un 20% pero no será vía retención sino que deberemos rellenar un impreso en la misma administración. Lo mismo sucede si eres residente español pero te toca una lotería que no es española, por ejemplo el Euromillón, también tributará el 20% pero a través de un impreso. No debe declararse nunca en el impuesto sobre la renta. Otra cosa muy diferente será el Impuesto sobre el Patrimonio. Si ha percibido un premio el 22 de diciembre, a 31 de diciembre que es la fecha de devengo del Impuesto sobre el Patrimonio, ese boleto o donde tenga invertido ese boleto, sí deberá de declararse.
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