La sentencia del TJUE [STJUE N.º C-450/18, de 12 de diciembre de 2019], que declaró ilegal la exclusividad del complemento de pensión para las mujeres en situaciones idénticas a las de los hombres, se estableció el derecho a este complemento también para los hombres.

El ámbito temporal que genera dicho derecho a los hombres que hayan sido beneficiarios de una prestación de jubilación contributiva entre 1/01/2016 y 3/02/2021.

La Sentencia del Tribunal Supremo 362/2023 del 17 de mayo establece que, a pesar de las restricciones previas del INSS, el complemento por aportación demográfica no es exclusivo para un solo progenitor. Esto significa que ambos padres pueden recibirlo si cumplen con los requisitos necesarios, permitiendo así que el padre lo reclame aunque la madre también lo perciba o pudiera haber tenido derecho a él.

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en su sentencia de 21 de febrero de 2024, sienta doctrina y resuelve que el derecho al complemento de paternidad es imprescriptible, eliminando así la aplicación del plazo general de prescripción de cinco años previsto inicialmente en el artículo 53 de la Ley General de la Seguridad Social en relación al reconocimiento de prestaciones.